Información relevante facilitada por Hispalense de Ganadería S.A. sobre concentraciones máximas.
El día 23 de julio de 2018 se publicó el Reglamento 1039/2018, relativo a la autorización del diacetato de cobre (II) monohidratado, el dihidroxicarbonato de cobre (II) monohidratado, el cloruro de cobre (II) dihidratado, el óxido de cobre (II), el sulfato de cobre (II) pentahidratado, el quelato de cobre (II) con aminoácidos hidratado, el quelato de cobre (II) con hidrolizados de proteínas, el quelato de cobre (II) con glicina hidratado sólido y el quelato de cobre (II) con glicina hidratado líquido como nuevos aditivos autorizados en la UE para aportar cobre a los piensos para todas las especies animales y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1334/2003, (CE) nº 479/2006 y (UE) nº 349/2010 de y los Reglamentos de Ejecución (UE) nº 269/2012, (UE) nº 1230/2014 y (UE) 2016/2261, el cual establece los siguientes cambios:
- Condiciones especiales de utilización (artículo 2): Las sustancias autorizadas en este reglamento como aditivos pertenecientes a la categoría de «aditivos nutricionales» y al grupo funcional «compuestos de oligoelementos» no se utilizarán en el agua de bebida.
- El Anexo cambia las concentraciones máximas permitidas de Cobre en los piensos complementarios a las siguientes:
Bovinos:
– Bovinos antes del inicio de la rumia: 15ppm
– Otros bovinos: 30ppm. Ovinos: 15ppm.
Caprinos: 35ppm.
Lechones:
– lactantes y destetados hasta 4 semanas después del destete: 150ppm.
– entre la 5.a y la 8.a semana después del destete: 100ppm.
Crustáceos: 50ppm.
Otros animales: 25ppm.
- En las medidas transitorias establece:
Las sustancias «acetato cúprico, monohidratado», «carbonato básico cúprico, monohidratado», «cloruro cúprico, dihidratado», «óxido cúprico», «sulfato cúprico, pentahidratado», «quelato cúprico de aminoácidos, hidratado» y «quelato cúprico de hidrato de glicina», tal como fueron autorizadas mediante el Reglamento (CE) n.o 1334/2003 y el Reglamento (CE) n.o 479/2006, y los compuestos de cobre, tal como fueron autorizados mediante el Reglamento (UE) n.o 349/2010 y los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 269/2012, (UE) n.o 1230/2014 y (UE) 2016/2261, así como las premezclas que contengan estas sustancias, que hayan sido producidas y etiquetadas antes del 13 de febrero de 2019 de conformidad con las normas aplicables antes del 13 de agosto de 2018 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales utilizados para la producción de alimentos.
El Reglamento entró en vigor a los 20 días de su publicación (13 08 2018).
Como distribuidores de Trouw Nutrition España S. A. os hacemos partícipes de la siguiente información:
Trouw Nutrition España S. A. ha procedido a adaptar sus premezclas y piensos complementarios conforme a la nueva legislación en vigor.
Los cambios más relevantes son los que se producen en los piensos de lechones. Por tanto, a partir del 13 de febrero de 2019 las etiquetas de las premezclas de cerdos irán formulados y etiquetadas correspondientes a la siguiente concentración:
– Lechones lactantes y destetados hasta 4 semanas después del destete: 150 mg/kg (total)
– Lechones entre 5 y 8 semanas después del destete: 100 mg/kg (total)
– Los nuevos niveles adoptados para el resto de las premezclas de ganado porcino serán de 15 mg/kg de pienso.
No obstante, las premezclas producidas y etiquetadas antes del 13 de febrero de 2019 podrán seguir utilizándose hasta agotar las existencias. Los cambios en los piensos (completos o complementarios) tienen de plazo hasta el 13 de agosto de 2019.
Debido a este cambio de normativa, Hispalgan puede aportar una amplia gama de ácidos y aditivos con el fin de suplir las necesidades.


